A- de 2025
Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño
✓Demandante Idear·Demandado Benitez James Fernando
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca – antes Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca- y el Juzgado 001 Administrativo de Arauca, ocasionado por una demanda ejecutiva singular de menor cuantía presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca -IDEAR-, en contra de un ciudadano, para solicitar que se libre mandamiento de pago de los valores contenidos en un pagaré, que garantiza un crédito otorgado al demandado, que se encuentra insoluto.
Al analizar el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que no se encuentra acreditado el presupuesto objetivo y, por ende, no se configura el conflicto de competencia entre jurisdicciones propuesto.
Ello, porque se observa que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca -antes el Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca- adelantó las actuaciones procesales, dentro de las cuales se incluyen, el libramiento de mandamiento de pago, se siguió adelante con la ejecución, e incluso se aprobó la liquidación del crédito.
En consecuencia, el proceso ejecutivo de menor cuantía promovido por el IDEAR culminó su objeto y, por lo tanto, las causas que lo originaron y la pretensión que perseguía no subsisten.
Esto, sin perjuicio de que eventualmente queden pendientes algunas decisiones orientadas a garantizar la efectividad de la orden de pago.
La Sala se declara inhibida para pronunciarse de fondo sobre el asunto y resuelve remitir el expediente al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca -antes el Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca- para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de competencia entre jurisdicciones remitido por el Juzgado 001 Administrativo de Arauca.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6659 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca -antes el Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca- para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.